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El paro se calcula en función de las cotizaciones anteriores realizadas en los seis años anteriores al paro. Recuerda que aunque hayas trabajado a tiempo parcial, cada día cuenta como un día de cotización acumulable. Asimismo, los días de vacaciones no utilizados se computan como días de cotización acumulados.

Para las personas que cumplan con los requisitos de la encuesta acumulada de desempleo, la tasa de remuneración se estima en el 70% (setenta por ciento) de la base de cálculo del trabajador.

Cuantía de la prestación

Para saber la prestación por desempleo que nos corresponde, necesitamos calcular nuestra base legal.

Para ello se debe conocer el aporte al seguro de desempleo de los últimos 180 días; los beneficios habituales de la seguridad social se muestran en forma de cheque de pago. Las horas extraordinarias no se cuentan a efectos reglamentarios.

¿Cómo se llama una huelga?

La elaboración de la solicitud de desempleo acumulada deberá realizarse en los próximos 15 días hábiles. Deben contarse a partir del día siguiente a la huelga oficial. La solicitud se puede consultar de varias formas, como:

  1. o servicio electrónico del Servicio Público de Empleo.
  2. En una oficina de posibilidades. Para esta vía, primero deberás recibir tu deber a través del servicio electrónico del Servicio Estatal de Empleo.
  3. En un registro público.
  4. Por correo administrativo.

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Tabla de días cotizados por desempleo

Ya sabemos que el número mínimo de días cotizados para contabilizar el paro acumulado es de 360 ​​días en los últimos seis años. Sin embargo, existe una herramienta que se puede utilizar para definir con precisión los días a los que se tiene derecho a la prestación por desempleo.

A continuación se muestra la tabla de días acumulados de paro:

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